El propósito de este procedimiento es garantizar que las propuestas de mejora formuladas sobre los distintos aspectos del Título se lleven a la práctica.

El Protocolo de Evaluación para la Verificación de Títulos Universitarios Oficiales (VERIFICA, ANECA), establece que la propuesta del Sistema de Garantía de Calidad debe “contar con mecanismos y procedimientos adecuados y sistemáticos para la toma de decisiones que garanticen la mejora del Plan de Estudios”….”Dichos mecanismos y procedimientos deberán contemplar, al menos, los/las responsables, el modo de aceptación de las decisiones y el seguimiento de las mismas”.

La Unidad de Garantía de Calidad del Título con la información obtenida confeccionará, al final de cada curso académico, un informe con todas las fortalezas, debilidades y propuestas de mejora definidas en cada procedimiento para su cumplimentación en la ficha del Plan de Mejora del Título (P-11.I) para la toma de decisiones.

Se ordenarán las acciones de manera priorizada según el modelo P-11.I y se analizará cada una de ellas elaborando un informe de seguimiento del cumplimiento de la acción (modelo P-11.II).

La Unidad de Garantía de Calidad del Título deberá poner de manifiesto el cumplimiento o incumplimiento de las propuestas para la toma de decisiones que solucionen los problemas detectados, nombrando a la persona responsable del seguimiento y el mecanismo para realizar dicho seguimiento (ficha P-11.II y P-11.III).

El Plan de Mejora, en el supuesto de que sea necesario, deberá ser verificado por la Unidad de Garantía de Calidad del Título y aprobado por Junta de Centro.

La Unidad de Garantía de Calidad del Título se encargará de elaborar un Informe global de las mejoras desarrolladas, que se elevará a la Junta de Centro para su consideración.

El propósito de este procedimiento es conocer los resultados de otras posibles evaluaciones/fuentes de información para obtener datos complementarios sobre la Calidad del Título de Grado.

El Protocolo de Evaluación para la Verificación de Títulos Universitarios Oficiales (programa VERIFICA, ANECA), en su apartado 9.2 señala que se establecerán “procedimientos para la recogida y análisis de información sobre la calidad de la enseñanza”…y…“procedimientos para la recogida y análisis de información sobre el profesorado”.

La Unidad de Garantía de Calidad del Título solicitará a la Sección de Gestión de Datos y Estadística los datos e informes que considere de interés sobre las evaluaciones institucionales y los Planes de Mejora previamente realizados.

Por otro lado, se solicitarán al Vicerrectorado de Política Científica los resultados de la evaluación de la investigación del profesorado del Título, grupos de investigación PAI y proyectos de investigación nacionales, autonómicos o de carácter internacional del profesorado participante en el Título (número total de doctores, sexenios de investigación concedidos y tramos autonómicos).

Igualmente, se analizarán los resultados de los indicadores definidos para la evaluación de los recursos materiales e infraestructuras de los que dispone el Título o Centro en el que se imparte.

La UGCT podrá solicitar a Colegios profesionales, asociaciones empresariales y otros grupos de interés externos que la UGCT identifique, que aporten información sobre la satisfacción con la formación de los graduados y graduadas. Evidentemente, esa información sólo estará disponible para la primera promoción, una vez trascurran 2 años desde la finalización de sus estudios. En cualquier caso, con anterioridad a ese momento, la presidencia de la UGCT podrá invitar a representantes de los mencionados colectivos a las reuniones de la UGCT para que aporten su visión para la mejora del Título.

Del mismo modo, podrá recabarse cualquier otra información que la UGCT considere necesaria para la evaluación de la calidad del Título.

Para la evaluación de la planificación y desarrollo de la docencia se establecerá una tabla de indicadores que recogerán datos de los últimos 4 años/cursos académicos (P-10.I)

Se definirán los indicadores de calidad investigadora para el Título de Grado, de su profesorado y grupos, de los 4 últimos años (P-10.II).

Se definirán indicadores sobre las infraestructuras y los recursos materiales disponibles para la implantación del Título (P-10.III).

En base a la información complementaria aportada por estos indicadores, la Unidad de Garantía de Calidad del Título realizará un informe global sobre la evaluación de la Calidad del Título, definiendo los puntos fuertes y débiles, así como las propuestas de mejora (según P-11.I).

Del informe redactado por la Unidad de Garantía de Calidad del Título, la Junta de Centro definirá la forma en que se tratarán los puntos fuertes y débiles, así como las propuestas de mejora sugeridas (según P-11.I), de forma que sea posible subsanar las deficiencias detectadas en la implantación del Título y contribuir a la mejora de la calidad del mismo. Las acciones de mejora serán elevadas por la UGCT a la Junta de Centro para su estudio y, en su caso, aprobación.

Los informes de los resultados de las evaluaciones deberán ser publicados en la página web del Título, teniendo acceso a los mismos el alumnado, profesorado, Personal de Administración y Servicios, y la sociedad en general, garantizando así la transparencia de información sobre el Título.

El propósito de este procedimiento es realizar un seguimiento para la revisión y mejora de los procedimientos de evaluación de las competencias transversales y específicas del Título.

El Protocolo de Evaluación para Verificación de Títulos Universitarios Oficiales (VERIFICA, ANECA) establece como directriz que “las competencias a adquirir por el/la estudiante deben ser evaluables y coherentes con las correspondientes a un Título de Grado”. En el mismo Protocolo se plantea dar respuesta, entre otras, cuestiones a si “las competencias propuestas son evaluables”.

Información de referencia:

  • Plan de Estudios del Título de Grado verificado por ANECA.
  • Guías docentes de asignaturas.

Herramientas:

Encuestas cruzadas al alumnado, profesorado, comisiones de evaluación ex-ante (al inicio de los estudios) y ex-post (al finalizar los estudios; por ejemplo: el examen de Trabajo Fin de Grado) y asesoras y asesores académicos.

Las encuestas de opinión del profesorado (P-8.II) serán obtenidas por los Departamentos y remitidas a la Sección de Gestión de Calidad de la Universidad de Córdoba.

La UGCT procederá al contraste sistemático entre el diseño de evaluación de competencias en el Plan de Estudios y las guías docentes de las asignaturas con los datos suministrados por las partes involucradas. Asimismo, analizará la definición del grado de implantación de la evaluación en cada tipología y la definición de fortalezas, debilidades, amenazas y oportunidades (DAFO) del sistema de evaluación de competencias.

Es importante saber si el alumnado y el profesorado conocen qué son las competencias, qué implican, si hay realmente evaluación del grado de adquisición de aprendizajes, si hay transversalidad y coherencia, así como los métodos utilizados para evaluar cada tipo de competencia. También se valorarán los tiempos (ECTS) para adquirir esas competencias y en qué medida la propia evaluación contribuye a adquirirlas. Se constatará la consonancia de las competencias identificadas con lo señalado por profesionales externos, asociaciones profesionales y por la sociedad, en general. Las prácticas externas, los créditos optativos y el Trabajo Fin de Grado se considerarán con especial atención para ayudar a la consecución de las competencias de “saber hacer”.

Frecuencia de la metaevaluación: al finalizar cada curso académico.

Propuestas dirigidas a:

  • Responsables del Título de Grado.
  • Responsables de asignaturas.
  • Asesores académicos y asesoras académicas del alumnado.
  • Profesorado que imparte docencia en el Título de Grado

Objetivo:

  • Mejorar el sistema general y específico de evaluación de las competencias.
  • Plan temporalizado de mejora.

Se establecerá un vocabulario común para designar inequívocamente los tipos de competencias. En este Manual, se propone la siguiente clasificación: COMPETENCIAS GENERALES, COMPETENCIAS ESPECÍFICAS DEL TÍTULO y COMPETENCIAS ESPECÍFICAS DE ASIGNATURAS. (*)

(*) El Real Decreto habla de competencias generales y específicas y posteriormente habla de de competencias básicas pero no habla de competencias transversales.

El propósito de este procedimiento es establecer un sistema que permita medir, analizar y utilizar los resultados sobre la inserción laboral de los graduados y graduadas, y sobre la satisfacción con la formación recibida.

La Guía de Apoyo para la elaboración de la Memoria para la solicitud de Verificación de Títulos Oficiales (ANECA) establece en su apartado 9.4 que se han de diseñar “el procedimiento que permita medir, analizar y utilizar los resultados sobre la inserción laboral de las futuras personas graduadas y de la medición de la satisfacción con la formación recibida.

Se deben describir los métodos disponibles en la Universidad para:

  • la recogida de esta información, definir la frecuencia y el modo de recopilación,
  • el análisis de los datos obtenidos,
  • la utilización de los resultados del análisis, para lograr la mejora del nuevo Plan de Estudios”.

La Unidad de Garantía de Calidad del Título (UGCT) recabará de los distintos servicios de la Universidad (Sección de Gestión de la Calidad, FUNDECOR, etc.), los resultados del estudio de empleabilidad. Se utilizará el cuestionario especificado en el anexo P-9.I. Al margen de esto, FUNDECOR facilitará la información de las bases de datos de la Seguridad Social, del Servicio Andaluz de Empleo o de otros organismos.

Las encuestas están conformadas por un total de 2 variables, es decir:

  • Información personal y académica del alumnado
  • Empleo.

Si se quiere establecer una relación directa entre esta evaluación de la inserción laboral de los egresados y de las egresadas y el Plan de Estudios, las encuestas que se hagan tienen que ir dirigidas exclusivamente a ese colectivo del Plan de Estudios. Como regla general, el envío de estas encuestas se efectuará una vez transcurridos dos años desde que el alumnado haya finalizado sus estudios y en el momento de la recogida del título. Con esa premisa, las encuestas se remitirán anualmente al alumnado que cumpla con ese requisito. Sin embargo, el primer procedimiento para evaluar la empleabilidad se hará al año de que el alumnado haya finalizado sus estudios, con el objetivo de disponer de los primeros datos de cara a la acreditación del Título de Grado.

Desde la Unidad de Datos y Estadística se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:

  • Clasificación de los cuestionarios
  • Tratamiento de los datos a través de un programa estadístico
  • Creación de la matriz de datos
  • Análisis de los mismos
  • Elaboración de los informes de los distintos Títulos analizados

Los informes serán realizados tres meses después de la obtención de los datos, que será el primer mes del curso académico, remitiéndose a la Unidad de Garantía de Calidad del Título de Graduado del Título.

La Unidad de Garantía de Calidad del Título, a la recepción de los informes, realizará un análisis interpretativo elaborando un informe de la situación y de las posibles propuestas de mejora que remitirá a los responsables del Título para su estudio por la Junta de Centro.

En el supuesto de que la empleabilidad se desvíe de manera sensible de la media que corresponda al Título en el conjunto de la universidades públicas andaluzas, la Unidad de Garantía de Calidad del Título deberá elaborar un Plan de Mejora encaminado a subsanar las deficiencias detectadas en aras a alcanzar las cotas de empleabilidad previstas. Se deberán asignar responsable/s de la implementación y seguimiento de las mejoras. En todo caso, dicho plan ha de ser aprobado por los órganos correspondientes de dirección y gestión del Centro.

Con objeto de poder contrastar los resultados obtenidos en relación al resto de los Títulos de Grado de la Universidad, la Sección de Gestión de la Calidad de la UCO, remitirá los resultados globales de otros Títulos y de la Universidad en general, a la UGCT a su solicitud.

El propósito de este procedimiento es establecer mecanismos para publicar la información sobre el Plan de Estudios, su desarrollo y resultados, con el fin de que llegue a todas las partes interesadas (alumnado, profesorado, personal de administración y servicios, posibles estudiantes, agentes externos, etc.).

El Protocolo para la Verificación de Títulos Universitarios Oficiales (VERIFICA, ANECA) en su apartado 9.5 plantea la necesidad de dar respuesta a: “¿se han establecido mecanismos para publicar información que llegue a todos los implicados o interesados sobre el Plan de Estudios, su desarrollo y resultados?”.

La persona responsable del Título, con periodicidad anual o de forma concreta, propondrá qué información publicar, a qué grupos de interés va dirigida y el modo de hacerla pública. El plan de difusión propuesto ha de incluir, al menos, información sobre:

  • La oferta formativa.
  • Las políticas de acceso y orientación del alumnado.
  • Los objetivos y la planificación del Título.
  • Las metodologías de enseñanza-aprendizaje y evaluación (incluidas las prácticas externas).
  • Los resultados de las enseñanzas (en cuanto al aprendizaje, inserción laboral y satisfacción con los distintos grupos de interés).
  • Las posibilidades de movilidad y ayudas disponibles para facilitarla.
  • Los mecanismos para realizar reclamaciones y sugerencias.
  • Los criterios para el reconocimiento y transferencia de créditos.
  • Normas de permanencia.
  • Información sobre accesibilidad a estudiantes con discapacidad.
  • Fecha de actualización de la información.

La página web del Título será el medio preferente de difusión y deberá recoger, al menos:

  • El Plan de Estudios.
  • La implantación del mismo, en el curso académico actualizado (profesorado, programas, calendario, horarios, aulas, exámenes, etc.).
  • Resultados (evolución del número de estudiantes, estudios de rendimiento, grado de satisfacción, inserción laboral, etc.).
  • Sistemas de garantía de calidad para la extinción, en su caso, del Título.

El Título dispondrá de una persona responsable-administradora de la página web que será la encargada de la permanente actualización de la misma.

Asimismo, podrán utilizarse otros medios de difusión como:

  • Publicaciones.
  • Anuncios de convocatorias (matriculación, cursos, etc.) en prensa y otros medios de comunicación.
  • Noticias varias del Título en medios de comunicación.

El contenido del plan de difusión se remitirá a la Unidad de Garantía de Calidad del Título que velará para que la información esté actualizada y sea fiable y suficiente. La UGCT emitirá un Informe sobre el desarrollo del plan de difusión.

El mencionado informe será remitido al Equipo de Dirección del Centro para su aprobación y para que se responsabilice de su ejecución.

Asimismo, en la encuesta de satisfacción con el Título (ver P-2 y sus correspondientes Anexos) habrá al menos un ítem relacionado con la satisfacción de los medios utilizados para la difusión del mismo.

La persona responsable-administradora de la página web, que deberá ser determinada por el Centro, enviará a la Unidad de Garantía de Calidad del Título un informe trimestral del funcionamiento de la misma (número de entradas, temas más visitados, etc.), para ello se creará en la página web del Título un contador que contabilizará todas las entradas que se originen durante un periodo previamente determinado.

La Unidad de Garantía de Calidad del Título realizará el seguimiento continuo de la página web y de publicaciones en prensa y otros medios de comunicación, y emitirá un informe al finalizar el curso académico para proponer las mejoras que considere oportunas.

El plan de difusión será revisado anualmente por la/el responsable del Título.